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Fol Viernes 29/10

Hemos trabajado con las nuevas fotocpias, pero tengo que avisar que estas están desordenadas con respecto al orden de los conceptos explicados en clase. Vamos que empezamos por la pagina 3 y terminamos en la 1.

Pregunta de Examen:
Definición de Relación Jurídica:
Siempre tiene que haber 2 sujetos para que se produzca, y se necesira que haya un vínculo entre ellos. Este vínculo será la ley.

Se necesita un "hecho" que sea natural ( como la muerte de una persona, la relación sería entre el fallecido y el heredero ) o voluntario ( que podría ser un contrato. P.ej. 2 voluntades que se ponen de acuerdo en la firma de un testamento )

Un ejemplo de hecho natural sería en el caso de unas lluvias torrenciales se llevasen un coche aparcado, el cual acabría durmiendo con los peces (en el mar).
Así hariamos las reclamaciones oportunas ante el seguro de catastrofés naturales.

Además siempre debe haber 1 intercambio que denominaremos las prestaciones.
Principios de las prestaciones:

Do ut des.............................Doy para que me des.
Do ut facies.........................Doy para que me hagas.
Facies at des........................Hago para que me des.

Las prestaciones consisten en bienes materiales o servicios.

En la relación jurídica laboral, los 2 sujetos son trabajador y empresario.
Y surge como tal desde que comienza el trabajo.

Características (última página de los apuntes nuevos)

- Libertad, Voluntariedad, Productividad, ajeneidad (Se trabaja para otro), dependecia y subordinación ( Se está a las órdenes de alguien).

Pregunta de examen
Elementos de una relación Jurídica
Habrá:
- Intrínsecos
Son los que proceden de la misma relación jurídica.
Son los hechos determinantes. Naturales o Voluntarios.
Son las características propias de los sujetos. P.Ej: Vendedor y comprador.

- Extrínsecos
Proceden de fuera de la relación jurídica.
Son los elementos externos a los individuos, como p.ej. el contrato que los relaciona

Mas preguntas de examen

- Negocio jurídico

- Tipos de negocio jurídico

- La forma del negocio jurídico

NEGOCIO JURÍDICO

Es todo acto lícito entre 2 sujetos.
Esto implica que todos los ilícitos no son negocios jurídicos.
(tautología: Es un argumento circular que se repite. el huevo y la gallina. El Barça o el Madrid)

Encontraremos la definición de los actos licitos o ilícitos en la pag 3 de los apuntes.
Y de aqui, pasamos a la primera página de los apuntes para ver:

- La definición
- Características
- Tipos

Pd: Lucena, dejo en tus manos poner aqui una transcripción o una foto escaneada de los apuntes)

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